Daniel Noboa renueva el estado de excepción por 30 días: estas son las provincias y medidas que seguirán vigentes

Daniel Noboa renueva el estado de excepción por 30 días: estas son las provincias y medidas que seguirán vigentes

Daniel Noboa renueva el estado de excepción por 30 días: estas son las provincias y medidas que seguirán vigentes

El estado de excepción en Ecuador continuará durante 30 días adicionales. El presidente Daniel Noboa firmó este viernes 14 de agosto de 2026 el Decreto Ejecutivo 472, con el que renovó la medida en Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, además de tres cantones de Cotopaxi, Bolívar y Cañar.
La decisión mantiene las condiciones establecidas inicialmente en el Decreto 423 y se sustenta en la causal de grave conmoción interna. El Ejecutivo argumenta que persisten hechos relacionados con estructuras delictivas, homicidios, tráfico de armas, narcotráfico, extorsiones, secuestros y otras economías ilegales.
El Decreto 472 entró en vigencia desde el momento de su firma, este 14 de agosto de 2026, sin necesidad de esperar su publicación en el Registro Oficial. La declaratoria original comenzó el 16 de junio con una duración de 60 días. El nuevo decreto utiliza la posibilidad constitucional de extenderla por hasta 30 días adicionales cuando persisten las causas que motivaron la medida.
¿Qué cambia para los ciudadanos?
La renovación no crea un nuevo paquete de restricciones. Esto significa que, mantiene las medidas extraordinarias que ya estaban en funcionamiento.
Entre ellas está la suspensión limitada del derecho a la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, además de la participación de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional y la posibilidad de realizar requisiciones temporales de determinados bienes y servicios lícitos.
La suspensión temporal de la inviolabilidad del domicilio amplía las posibilidades de intervención durante el estado de excepción, pero las actuaciones deben estar relacionadas directamente con las circunstancias que motivaron la declaratoria.
La Corte Constitucional (CC) ya estableció que las operaciones de este tipo deben sustentarse en indicios individualizados y que las autoridades deben registrar los elementos encontrados durante las intervenciones para permitir un posterior control.
Por tanto, el estado de excepción no supone una autorización general para ingresar a cualquier vivienda sin justificación.
Militares seguirán apoyando a la Policía
Otra consecuencia directa de la renovación es que las Fuerzas Armadas continuarán participando en tareas de seguridad interna junto con la Policía Nacional.
El Decreto 472 mantiene este apoyo durante el periodo excepcional. Sin embargo, la intervención militar es temporal y complementaria: no reemplaza las funciones ordinarias de la Policía.
El Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, la Policía y las Fuerzas Armadas quedaron encargados de ejecutar las disposiciones de la renovación.
Entre el 1 de julio y el 5 de agosto, el ECU 911 contabilizó 238.404 emergencias en las jurisdicciones bajo estado de excepción. El 68,3% correspondió al servicio de seguridad ciudadana. Dentro de ese periodo también constan 346 emergencias vinculadas con muertes violentas.

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