Ordenanza establece en Guayaquil lugares prohibidos para la quema de años viejos

Ordenanza establece en Guayaquil lugares prohibidos para la quema de años viejos

Ordenanza establece en Guayaquil lugares prohibidos para la quema de años viejos

En vísperas del fin de año, la Municipalidad de Guayaquil reitera la vigencia de la ordenanza que establece las reglas para la quema de años viejos.

 

La ordenanza indica los sitios en los que se prohíbe la quema de monigotes:

 

  1. Avenidas y calles asfaltadas, por los daños que pudiera ocasionar el fuego en el asfalto.
  2. Zonas o lugares que han sido sometidas a regeneración urbana, es decir, calles o avenida adoquinadas y con espacios de jardinería.
  3. En los carriles de uso exclusivo del servicio de transporte público de Metrovía.
  4. Cerca de postes de alumbrado público y donde hay vehículos.
  5. Se prohíbe, además, el uso de gasolina o material explosivo.

 

El subdirector de Justicia y Vigilancia de la Municipalidad, Jimmy Ruiz, explicó que, si alguien quema un monigote en un área regenerada, es susceptible a la imposición de una multa. “Lo que hacemos es controlar que se cumpla lo establecido en la ordenanza que regula las características de construcción, expendio y quema de monigotes”, sostuvo.

 

La multa va desde un salario básico unificado y va ascendiendo, según la magnitud o grado de perjuicio que se pudiera ocasionar.

 

La ordenanza también establece donde se puede proceder a la quema de monigotes:

 

  1. En calles pavimentadas con hormigón.
  2. En calles que hayan sido rellenadas con cascajo, así como en veredas y solares amplios y no edificados.

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