Educación deroga un acuerdo que dejaba de ver inconductas estudiantiles como faltas

Copiar en un examen; rayar las paredes de la institución; poner apodos a maestros, compañeros o directivos; utilizar el celular en clases sin el permiso del profesor, son actos señalados como faltas que ameritan sanción académica o disciplinaria. Una reciente normativa del Ministerio de Educación dejaba de considerarlas como tales y las denominaba ‘conflictos escolares’, que debían ser resueltos mediante el diálogo para lograr acuerdos. No obstante, una semana después, la cartera de Estado la derogó por el rechazo de diversos gremios educativos.

Los actos que dejaban de ser faltas eran numerosos y abarcaban aspectos polémicos, como por ejemplo, el “tener contacto físico sexual con otro miembro de la comunidad educativa como resultado de un accidente”.

Estos cambios eran parte de las nuevas disposiciones que contenía el acuerdo ministerial 2023-0055-A ‘Procesos educativos restaurativos de conflictos escolares’ emitido el pasado 13 de septiembre, de aplicación obligatoria para instituciones educativas públicas y privadas.

El documento generó el rechazo unánime de gremios de educadores, sobre todo de los privados laicos y confesionales. El consenso fue que este cambio era contrario a la formación del estudiante, debido a que eliminaba los límites que implica la existencia de sanciones académicas o disciplinarias ante el incumplimiento o desobediencia de reglas, normas y valores.

Fuente Expreso

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